viernes, 16 de noviembre de 2012

LEYES CON EFECTO BUMERÁN


Algunas leyes producen efectos invertidos al que se espera de sus aplicaciones. Eso ocurre con la que ilegaliza los estupefacientes que, en vez de castigar, premia a los mafiosos.
A los políticos les gusta que la gente los idolatre. Y, sin valorar las consecuencias, para ganarse la simpatía del pueblo muchas veces inventan leyes que dichas y escritas se oyen y se ven muy bien, pero que al aplicarlas funcionan mal o producen resultados adversos. En esta Entrada, sin querer justificar cambios ni hacer proselitismo, voy a explicar los resultados de varias cosas que, al ponerlas en ejecución, han producido el llamado ‘efecto bumerán’, o sea que el resultado ha sido invertido al propósito deseado.
La primera prohibición humana que se registró por escrito fue la de enseñarle a leer a la gente del común. Según registros históricos, los monarcas y los sacerdotes, que en esos remotos tiempos eran los únicos autorizados para saber el manejo las letras, estaban seguros que la población rasa se negaría a trabajar si se le enseñaba a leer; y, para evitar esa rebeldía imaginaria, bajo pena de muerte, durante varios siglos prohibieron que la gente del común aprendiera a leer. Pero, no obstante a la enorme lucha de las monarquías civiles y religiosas para impedir el manejo popular de las letras, la gente se las ingenió para que la lectura y la escritura se hicieran normales, y, en vez de lo que creían los monarcas, resultó que entre más culto y capacitado es un pueblo mayor es la producción de su trabajo.
En el transcurrir del tiempo, entre otras cosas, bajo pena de muerte han sido prohibidas la prostitución, el consumo de café, de todas las bebidas con algún contenido de alcohol, la oposición política y/o religiosa, la brujería, la escritura y la lectura de obras que las monarquías consideraran como inadecuadas para el adoctrinamiento social, en fin; la lista de prohibiciones habidas es larga, pero nunca se ha podido controlar el deseo colectivo de la gente y a todas las cosas vedadas y deseadas en masa ha habido que levantarles el entre dicho, es decir, hubo que dejar de prohibirlas. Sin embargo, los líderes políticos no han aprendido la lección del fracaso histórico de las prohibiciones. Por ejemplo, el aborto y el consumo de narcóticos son cosas prohibidas en la mayoría de países del mundo, pero, en la práctica, las hay en todas partes y nadie puede controlarlas.
A nivel mundial, detrás de la ilegalidad de los narcóticos funciona una mafia de mafias. Y aunque los capos y los narco distribuidores asumen casi toda el agua sucia de este delito, lo cierto es que el tráfico de estupefacientes beneficia a una enorme cadena de empresas y personas, anónimas, que no resultan incriminadas en el asunto ni arriesgan mayor cosa pero que terminan siendo más beneficiadas que los propiamente involucrados en ese negocio, como, por ejemplo, es el caso de algunos bancos que, sin mayores dificultades, se lucran con el manejo de dinero ‘sucio’ del narcotráfico; y de fábricas que elaboran los insumos que usan los mafiosos, que tienen la manía de valerse de argumentos o controles legales para venderle sus productos a la mafia a precios especulativos. Además, por ser delito, el narcotráfico produce una gran cantidad de dinero que en su evolución beneficia a banqueros de cuello blanco, paraísos fiscales, políticos, militares, policías, empleados oficiales corruptos, fabricantes y traficantes de armas, sicarios, testaferros, pilotos, transportadores, en fin; la lista de beneficiados con el narcotráfico es enorme.
Pero, si se analiza bien la razón de la ilegalidad de los narcóticos, el resumen es que esa prohibición no es una ley con efecto bumerán, sino un montaje perverso multinacional del que sobresale una mafia que, con engaños, convierte en víctimas a muchas personas ingenuas o necesitadas que terminan muertas o encarceladas por ir en pos de obtener, fácil, un chorro de dinero. Sin embargo, la mayoría de víctimas mortales del narcotráfico son delincuentes de diversas calañas, y casi siempre los capos mafiosos también se convierten en víctimas de su propia mafia. Y, de alguna manera, en últimas, la mayor parte del dinero que les produce a los capos el negocio ilícito, queda en manos de la mafia de cuello blanco: banqueros, grandes empresarios, la Iglesia, poderosos líderes políticos, altos funcionarios corruptos, etc., quienes, en resumidas cuentas, son la intelectualidad mundial de la mafia y quienes más se benefician con la ilegalidad del narcotráfico, y el reparto de esa utilidad es, en realidad, la verdadera razón de esa prohibición.
                                                       
                                          

                                 LA EDUCACIÓN SIN FUETAZOS

 

El gobierno colombiano, mediante una ley que resultó siendo un auténtico bumerán, les prohibió a los padres de familia castigar físicamente a sus hijos. Aunque por la cultura actual se crea que son nocivos, lo cierto fue que, en su ‘vigencia’, los fuetazos paternales, bien administrados, dieron muy buenos resultados en la educación familiar. En mi niñez era normal que los padres, para corregir a los niños, castigaran a sus hijos con fuetazos, más que todo con ramas de escobilla, una mata de tallo flexible que se usaba para hacer escobas, cuyos fuetazos no hacían daños duraderos pero sí causaban mucho dolor corporal e inducían el respeto paternal y con solo ver esas ramas en las manos de sus padres les causaba temor a los ‘pelaos’, quienes, sin chistar, obedecían sus órdenes. Debido a que el castigo solía ser doloroso, con solo amenazarlos con el fuete, los padres conseguían que sus hijos se comportaran bien y, que yo sepa, nadie de mi generación se salvó de unos duros escobillazos por la espalda o por el trasero
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Y nunca supe que alguien se hubiese traumatizado o vuelto loco por haber sido castigado con fuetazos, como lo aseguran los sicólogos, lo cual, sin pruebas que lo demuestren, les sirvió de base o argumento a los políticos para prohibir ese castigo. Al contrario, doy fe de que en la época de mi infancia los niños obrábamos con cordura y respetábamos a los adultos, especialmente a nuestros padres, así como a los profesores y en los colegios no había el fenómeno conocido ahora como ‘Matoneo’, ni mucho menos había niños sicarios, un flagelo que en este país cada día es más común desde que se acabaron los otrora, para los niños, normales y temibles escobillazos.
Actualmente, en Colombia es delito castigar físicamente a los niños. Sin importar la razón, si un padre le da un fuetazo a su pequeño hijo, el niño o cualquier persona puede demandar al castigador y las autoridades lo meten en la cárcel y le pueden quitar el hijo. Los fuetazos se convirtieron en delito porque, según los actuales expertos en educación infantil, el azote traumatiza y hasta puede enloquecer a los niños, pero el verdadero resultado de esa penalización ha sido que los niños les han perdido el respeto a sus padres, a sus profesores y a las autoridades, y, últimamente, desde antes de cumplir quince años, los menores de edad se están convirtiendo en los peores delincuentes de este país.
En las ciudades grandes, la delincuencia organizada está haciendo unos eventos infantiles, llamados ‘Chiquitecas’, en los que los niños consumen cualquier cosa y hacen lo que les dé la gana, los cuales están generando algo así como una incontrolable liberación infantil. Hace poco, la policía de Bogotá allanó una ‘Chiquiteca’ y allí arrestó más de cien menores, casi todos drogados o borrachos, y los concentró en un lugar para que sus padres los reclamaran, pero muchos de los niños no fueron reclamados porque sus progenitores alegaron que no contaban con herramientas legales que les permitieran controlar a sus hijos y que creían que, por los malos pasos en que andaban, para su bien era mejor que los dejaran en la cárcel. 
En las comunas de los barrios marginados de las ciudades grandes, muchos estudiantes llevan puñales y hasta armas de fuego a sus clases, con las que en muchos casos asesinan o amenazan a cualquiera, y ni los profesores ni los padres de familia pueden impedirlo, pues, antiguamente, eso lo arreglaban los padres de familia con fuetazos, pero ahora es delito castigar a los niños, ellos lo saben, ya no le temen a nadie y hacen lo que les dé la gana. El matoneo y las amenazas a profesores, cosas que antes no existían, se han salido de control en numerosos colegios. Muchos aseguran que, por la prohibición del fuete, en Colombia está haciendo falta una ley que proteja a los padres del maltrato y los abusos de sus hijos.
                                       UNA LEY LOBA DISFRAZADA DE OVEJA
Desde quién sabe cuándo, debido a la falta de empleo formal, en Colombia funcionó un modo de convenios laborales, hecho por escrito y autenticado en notaría, que era algo así como una legislación que regulaba el empleo entre trabajadores y empleadores pobres. En tales casos, el ‘patrón’ y el trabajador se ponían de acuerdo en la prestación y pago del trabajo o servicio, hacían un documento con las condiciones del asunto, lo autenticaban en una notaría y listo. Aunque nunca hubo una ley que soportara la legalidad de esos convenios laborales, por mucho tiempo el gobierno los admitió o no se ocupó de ese asunto y, casi siempre, esos acuerdos funcionaron sin mayores complicaciones y dieron resultados simbióticos entre trabajadores y empleadores pobres.
 A simple vista puede parecer muy buena cosa una ley que establezca que todas las personas que trabajen con alguna empresa o persona tengan las mismas prestaciones e iguales derechos laborales; y aún se ve mejor esa norma cuando se afronta una inequidad laboral como la que siempre ha existido en este país. Y así quedó establecido en Colombia desde que la ley 50 de 1.990 reformó el Código Sustantivo del Trabajo, que había nacido en el año 1.950 y que desde entonces no había tenido modificaciones de mayor calado socio laboral. Pero, la norma que parecía ser una bendición laboral para los colombianos más pobres, terminó siendo un nefasto comején para todos los trabajadores de este país.
En cierta forma, la ley 50 fue como una loba disfrazada de oveja. Su contenido, con mucha sutileza prometía beneficios laborales por los que nadie respondía ni eran realizables y, estratégicamente, disimulaba el verdadero propósito de su creación que era quitarle gran parte de las pensiones laborales al Estado colombiano. Hoy en día, debido al efecto de la ley 50, los únicos trabajadores colombianos que en realidad pueden salir pensionados son los empleados estatales. Los demás empleados de este país cotizan, mensualmente, en unas empresas particulares que exigen un mínimo y que no tienen tope máximo, para una supuesta pensión que en resumen es una farsa, pues el monto de la pensión a recibir depende de las utilidades que produzca el dinero cotizado. Y, aunque esas empresas y el gobierno lo nieguen, las administraras de fondos de pensiones pueden quebrar y las cotizaciones de los trabajadores colombianos podrían terminar siendo la mayor estafa de esta nación.
Los políticos que inventaron la ley 50, con bombos y platillos la publicitaron como “la ley justiciera de los trabajadores colombianos”. Y, sin pensar de dónde iban a sacar recursos los empleadores pobres para pagarles a sus ayudantes igual que los empresarios ricos, muchas personas se comieron ese cuento leguleyo que no era mas que una utopía. Aunque es obvio que desde el punto de vista de los trabajadores, sea justo que los patrones les tengan que pagar por lo menos el sueldo mínimo y todas las prestaciones sociales a sus empleados; infortunadamente, la gran mayoría de empleadores de este país son gente pobre, que ni sus ingresos ni los que producen sus actividades les permiten cumplir con las reglas establecidas en el nuevo Código Laboral, que, además de regular los pagos laborales y sociales de los trabajadores, en forma generalizada confirmó un antiguo impuesto de nómina, conocido como ‘Parafiscal’, cuyo tributo se reparte entre varias entidades que algunas de ellas son auténticos nidos de burocracia política, y que al sumarse esos rubros, el porcentaje de impuesto que hay que pagar por tener empleados es más alto que el de la mayoría de los artículos de lujo.
Luego de más 20 años después de su aplicación, el resultado de la ley 50 no podría ser peor para los empleados de este país: Las reglas que estableció, por ser incumplibles para los empleadores pobres, generaron un sin número de trucos en las actividades laborales, y no produjo ninguno de los beneficios sociales anunciados sino que, al contrario, en medidas percápita convirtió a los trabajadores colombianos en los más mal pagados de este continente. 
Aunque la ley 50 perjudicó a todos los trabajadores colombianos, quizá el peor efecto lo sufrió la gente campesina, especialmente las mujeres jóvenes. Las muchachas campesinas, buscando un mejor futuro, desde mucho tiempo atrás emigraban a las ciudades y se empleaban como empleadas de servicio doméstico, la gran mayoría de ellas en casas de gente de estrato social medio-bajo, es decir, de gente que se gana la vida con un empleo digno, pero que no es rica. El resultado de ese trabajo era que, al llegar a la ciudad, las muchachas recibían techo, comida y la oportunidad estudiar y salir adelante, y sus patrones se beneficiaban al poder dejar a una persona que, a la vez que cuidaba la casa –las campesinas solían ser dóciles y honestas-, hacía los oficios domésticos y preparaba los alimentos.
Por lo general, más que todo ellas venían con la intención de estudiar. No querían durar mucho de empleadas caseras y, en poco tiempo, algunas se capacitaban y cambiaban de oficio, y muchas conseguían marido y se independizaban. Por muchos años, el apoyo hogareño que recibían esas muchachas humildes en las casas de familia fue mucho más benéfico que las impagables prestaciones sociales que estableció la ley 50. En la actualidad sale mucho más económico comprar la comida hecha que darles empleo a las muchachas para que la preparen. El resumen es que la ley 50 les cerró el camino honesto de superación a las campesinas dinámicas y las arrastró a la delincuencia, y, por eso, cada día hay más mujeres delincuentes desde que entró en vigencia esa ley.

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CRÓNICA DE FARSAS Y ABSURDOS HISTÓRICOS (escrita en papel): 
  http://www.bubok.es/libros/171164/CRONICA-DE-FARSAS-Y-ABSURDOS-HISTORICOS
correos electrónicos del autor edaloes1239@yahoo.es y edaloes1239@hotmail.com

viernes, 12 de octubre de 2012

LA HOJA DE VIDA DE LAS INJUSTICIAS DE MI PAÍS



Colombia, además de tener la guerrilla más antigua del mundo, conserva el colonialismo eclesiástico más viejo de América, y quizá es el único país en el que, cuando uno nace, las oportunidades ya están repartidas.
En este país, sin importar el talento o la capacitación individual que se tenga, tanto en el gobierno como en la empresa privada los altos cargos son para las elites sociales. Aquí hay un grupo de familias que tienen monopolizados los puestos importantes de la presidencia de la república, de los ministerios públicos, de las altas cortes, de los generales y altos grados de la fuerza pública, las gobernaciones, las alcaldías y los contratos de obras importantes en el gobierno. Y, en la empresa privada, unas pocas familias tienen monopolizados los bancos, la tv y los medios de comunicación, las fábricas de cerveza, azúcar, cemento, gaseosas y refrescos, en fin; todo lo que sea mayormente rentable está monopolizado por un pequeño grupo de multimillonarios.
Según numerosos datos estadísticos, el 10% de los habitantes de este país posee más de 90% de la riqueza de esta nación y éstos son quienes dirigen, gobiernan y determinan lo que puede y debe hacer al resto de la población.
Si analizamos a afondo la historia de esta nación, es fácil darnos cuenta que el manejo de este país no ha cambiado mucho desde que llegaron los españoles: la Iglesia sigue sometiendo de conciencia a esta población; la gran mayoría de jueces y gobernantes, si no son gente de la élite, son títeres de la oligarquía, tal como aquí lo establecieron España y la Iglesia desde el comienzo de la invasión europea; y, por sobre todo, vemos que en la justicia colombiana se aplica la ley del embudo a favor de las élites sociales, que es una vieja fórmula europea con la que siempre ganan las oligarquías, en detrimento de la población pobre.
Colombia es una nación que su naturaleza produce una enorme riqueza y, si hubiera un reparto equitativo de las utilidades que produce este país, hasta la población más pobre podría vivir al menos en condiciones dignas, pero, por las reglas amañadas de ese mal reparto, en este país los ricos se apoderan de todas las riquezas nacionales y por eso cada día éstos son más ricos y más poderoso, mientras que los pobres son cada vez más pobres y más indefensos, lo cual es un vicio social crónico que en resumido explicaré en esta Entrada.
Los primeros líderes políticos de este país heredaron el vicio eclesiástico de ser gobernantes, terratenientes y bandidos. Tan pronto pudieron se apropiaron de las mejores tierras y poco a poco fueron monopolizando las actividades más rentables, que al comienzo fueron la minería, la ganadería, la caña de azúcar y el tabaco, entre otras.
Quizá el ejemplo más directo de cómo han funcionado nuestros monopolios los tiene el departamento de Córdoba, una hermosa y rica llanura a los lados de los ríos Sinú y San Jorge en la que están gran parte de las tierras más fértiles de este país y donde poseen enormes haciendas, fincas y balnearios los terratenientes más ricos de esta nación.
Córdoba es un enorme territorio, rico en agricultura y ganadería, que se independizó como departamento a mediados del siglo pasado. Pero esa independencia departamental sólo benefició a unas pocas familias de terratenientes que se hicieron dueñas del manejo del nuevo departamento y empezaron a administrarlo como si fuera una de sus haciendas pero mucho más rentable que el campo, cosa que, entre esas familias, para no perder ninguno de los chorros de riquezas que generaba, produjo endogamia, es decir, que los miembros de esas familias se casaban sólo entre ellos para no perder el gobierno de ninguna de las dependencias del departamento. Y todavía, mientras la población rasa de este departamento está entre la gente menos favorecida de esta nación, unas pocas familias poseen casi todas sus mejores tierras, se apoderan de las regalías económicas, o sea de las utilidades públicas o naturales que deberían repartirse entre todos, y eligen o manejan a su antojo las autoridades y las oficinas gubernamentales de Córdoba.
En Colombia, la causa del surgimiento guerrillero fue la injusticia social campesina. Cuando en este país surgió el primer movimiento guerrillero, esta nación dependía casi de su agricultura y unos pocos terratenientes tenían casi esclavizada a la población campesina. Por las injusticias sociales con los campesinos fue que surgieron las FARC, la organización guerrillera más antigua del mundo, y por otras injusticias sociales se organizaron otros movimientos guerrilleros, entre estos el Ejército de Liberación Nacional, ELN, que aún existe, y otros que han desaparecido.
Las organizaciones guerrilleras, poco a poco fueron tomando fuerza hasta que, por sus secuestros y extorciones, se convirtieron en un gran problema para la clase dominante, e inclusive para los mismos campesinos y para la gente del común que, por efectos colaterales, en muchos casos resultó hasta más perjudicada que los involucrados en el conflicto, como, entre las tantas injusticias internas que generaron, lo fueron los secuestros o asesinatos de miembros de la Fuerza Pública y el fusilamiento interno de guerrilleros, individuos estos que no eran determinantes de ninguna injusticia social sino víctimas rasas de las injusticias elitistas que el movimiento guerrillero combatía.
Las Autodefensas Campesinas de Colombia, AUC, surgieron de un acuerdo entre militares, terratenientes, empresarios y numerosas entidades gubernamentales, y fueron formadas con el propósito de derrotar a la entonces casi invencible guerrilla que en esa época ya carecía de sensibilidad humana y, para hacerse sentir, con pipetas de gas atacaba y masacraba pueblos humildes indefensos, a la vez que con acciones terroristas aislaba territorios y cometía indiscriminadamente toda clase de asesinatos.
Los desproporcionados delitos y abusos de las FARC le abrieron apoyo popular a las AUC, y, en poco tiempo, mediante un enorme apoyo militar, gubernamental y empresarial casi que consiguen su objetivo bélico, pero perdieron el control de sus acciones y se convirtieron en la organización narco criminal más poderosa de este continente y provocaron el mayor desplazamiento de campesinos del mundo moderno.
En el mundo entero, mucha gente ha oído hablar de los desplazamientos de campesinos que provocaron los paramilitares, pero son pocas las personas que saben cómo fue que ocurrió ese fenómeno, y creo que vale la pena contarles cómo fue que se ejecutaron esas injusticias. En resumen, las cosas ocurrieron así:
Con el apoyo de varios comandantes militares y con el aporte económico de numerosos finqueros, quienes a la vez eran dirigentes políticos y empresarios, se inició la creación de un grupo armado, cuya misión era defender a sus patrones, a la vez que apoyar a los militares en contra de la guerrilla. El grupo armado, además de criminales expertos, en sus filas contenía gente nativa de cada lugar de donde actuaba, a la que le quedaba fácil identificar a los forasteros, así como a los miembros de la guerrilla y a quienes la apoyaban, y, por eso, desde su inicio este grupo era mucho más eficiente que el ejército en la persecución y eliminación guerrillera.
Los desde entonces llamados ‘Paracos’ no detenían a los guerrilleros sino que sus numerosos grupos de sicarios los buscaban y los asesinaban en el lugar donde los encontraran, y, además, cuando sus tropas no eran suficientes para atacar a una base grande de la guerrilla, contaban con el apoyo militar del ejército nacional, por lo cual las victorias paramilitares fueron contundentes, seguidas y numerosas.
Cuando las AUC eliminaron o desplazaron a la guerrilla del territorio nacional de los terratenientes, los ‘patrones’ de los paramilitares se convirtieron en la única autoridad territorial del área disputada, y, a nivel  nacional, los jefes de los ‘paracos’ se convirtieron en jefes de las dependencias del gobierno; entre otras cosas, en gran parte de Colombia ellos decidían quién podía ser candidato al congreso, a las gobernaciones, asambleas, concejos; nombraban a dedo a los rectores de las universidades, controlaban los tribunales de justicia, los contratos de obras públicas, en fin; los jefes de los ‘paracos’ se tomaron como propias y manejaban y negociaban a su antojo las entidades gubernamentales, cosa que es una copia exacta del viejo modo de gobierno eclesiástico.
Rodeadas por las enormes haciendas de los terratenientes, siempre ha habido pequeñas parcelas de gente pobre que jamás quiso venderlas, y varios caseríos que habían surgido de predios pequeños, lugares que para los terratenientes eran lunares incómodos pero que nunca había sido posible eliminar.
Cuando las AUC eliminaron o desplazaron a la guerrilla, los ‘patrones’, que ya eran la única ley territorial, utilizaron a su grupo armado para apropiarse de las parcelas y acabar con los, para ellos, incómodos caseríos. El modo que usaron fue muy sencillo; un grupo numeroso de hombres armados llegaba a las parcelas y les informaba a sus dueños que tenían una semana para vender sus propiedades o si no que se atuvieran a las consecuencias.
Esas amenazas, igual que las de los inquisidores eclesiásticos, eran en serio y fueron las que produjeron el enorme desplazamiento de campesinos, pues, si se quería conservar la vida, había que firmar lo que ellos quisieran y aceptar el irrisorio precio que pagaban por las ancestrales parcelas e irse bien lejos de esos lugares, y no hacer demanda porque hacerla era firmar la pena de muerte. Y para eliminar los caseríos hacían una masacre y quemaban las casas; y cuando se trataba de poblaciones grandes, para apoderarse de sus negocios, mataban a los comerciantes más importantes y, si les era necesario, a los líderes locales, para apoderarse ellos de todo el manejo de la población, y también asesinaban a los distribuidores de narcóticos, para reemplazarlos con sus propios vendedores.
La Iglesia siempre es aliada del lado vencedor, en este caso no fue la excepción, el obispo de Montería ignoró el clamor y el sufrimiento de los campesinos desplazados, apoyó las acciones de los paramilitares y, por la actitud de monseñor Vidal, los eclesiásticos fueron los únicos que resultaron ilesos en este conflicto. Ahora, la guerra interna está en un proceso de mutación, y nadie sabe si se darán las condiciones sociales para que se acabe o si las causas de siempre la reactivarán con más dureza.
En la actualidad, en Colombia hay tres grandes carteles que manejan la Justicia. El cartel más importante lo ejerce el gobierno, siempre aplicando la justicia con la mencionada ley del embudo; y en gran parte de la nación, un segundo y poderoso cartel de Justicia es manejado por un grupo de narco terroristas, que surgió de las estructuras paramilitares pero que ahora, en algunos lugares, es aliado de las guerrillas, es decir, de sus antiguos enemigos militares, y que ejerce la justicia al antiguo modo eclesiástico, o sea matando y apoderándose de lo dejado por el muerto. El tercer cartel de la justicia colombiana lo manejan los grupos guerrilleros, con una aplicación de justicia al viejo modo leninista, o sea que el pueblo es del Estado y sus líderes, a perpetuidad, además de la ley son amos y señores de todas las cosas.
El modo como se ejerce la Justicia en Colombia es la causa para que en este país haya la mayor desigualdad social de América. Estamos en un proceso de paz, pero, sin corregir los males que han generado este conflicto, es imposible una paz verdadera en esta nación, es decir: para que podamos tener paz, es indispensable que las élites sociales de esta nación cambien su actitud en lo social y en el ejercicio de la Justicia, cosa que, si ocurriera, nos beneficiaría a todos los colombianos.
Hace poco, por la presión interna de la Corte, renunció el magistrado Ivan Velázquez, el funcionario que investigaba a un numeroso grupo de congresistas corruptos y quien le dijo a la prensa que la fallida reforma a la justicia buscaba afectar los procesos que hay en contra de altos funcionarios y políticos nacionales, y que las estructuras criminales que hay en el país en las que los congresistas son solo uno de los engranajes, siguen intactas. Eso quiere decir que nuestra justicia está manejada por una mafia que aplica la ley del embudo y que con las cosas así será imposible que en nuestro país haya la paz que todos anhelamos que surja de los pactos con la FARC.
Muchos que no entienden de este asunto se preguntarán: ¿Y cómo debería ser la justicia en este país para que hubiera paz?
Esa respuesta la dio el escritor José Saramago en un congreso de Derechos Humanos y Justicia, cuya parte esencial transcribo a continuación:
“Estaban los habitantes en sus casas o trabajando los cultivos, entregado cada uno a sus quehaceres y cuidados, cuando de súbito se oyó sonar la campana de la iglesia. En aquellos píos tiempos (hablamos de algo sucedido en el siglo XVI), las campanas tocaban varias veces a lo largo del día, y por ese lado no debería haber motivo de extrañeza, pero aquella campana tocaba melancólicamente a muerto, y eso sí era sorprendente, puesto que no constaba que alguien de la aldea se encontrase a punto de fallecer. Salieron por lo tanto las mujeres a la calle, se juntaron los niños, dejaron los hombres sus trabajos y menesteres, y en poco tiempo estaban todos congregados en el atrio de la iglesia, a la espera de que les dijesen por quién deberían llorar. La campana siguió sonando unos minutos más, y finalmente calló. Instantes después se abrió la puerta y un campesino apareció en el umbral. Pero, no siendo éste el hombre encargado de tocar habitualmente la campana, se comprende que los vecinos le preguntasen dónde se encontraba el campanero y quién era el muerto. “El campanero no está aquí, soy yo quien ha hecho sonar la campana”, fue la respuesta del campesino. “Pero, entonces, ¿no ha muerto nadie?”, replicaron los vecinos, y el campesino respondió: “Nadie que tuviese nombre y materia de persona; he tocado a muerto por la Justicia, porque la Justicia está muerta”.
¿Qué había sucedido? Estaba ocurriendo que el rico señor del lugar (algún conde o marqués sin escrúpulos) andaba desde hacía tiempo cambiando de sitio los mojones de las lindes de sus tierras, metiéndolos en la pequeña parcela del campesino, que con cada avance se reducía más. El perjudicado empezó por protestar y reclamar, después imploró compasión, y finalmente resolvió quejarse a las autoridades y acogerse a la protección de la justicia. Todo sin resultado; la expoliación continuó. Entonces, desesperado, decidió anunciar urbi et orbi (una aldea tiene el tamaño exacto del mundo para quien siempre ha vivido en ella) la muerte de la Justicia. Tal vez pensase que su gesto de exaltada indignación lograría conmover y hacer sonar todas las campanas del universo, sin diferencia de razas, credos y costumbres, que todas ellas, sin excepción, lo acompañarían en el toque a difuntos por la muerte de la Justicia, y no callarían hasta que fuese resucitada. Un clamor tal que volara de casa en casa, de ciudad en ciudad, saltando por encima de las fronteras, lanzando puentes sonoros sobre ríos y mares, por fuerza tendría que despertar al mundo adormecido...
No se sabe lo que sucedió después, no sé si el brazo popular acudió a ayudar al campesino a volver a poner los lindes en su sitio, o si los vecinos, una vez declarada difunta la Justicia, volvieron resignados, cabizbajos y con el alma rendida, a la triste vida de todos los días. Es bien cierto que la Historia nunca nos lo cuenta todo… Pero ésta no ha sido la última vez, en cualquier parte del mundo, en que una campana, una inerte campana de bronce, después de tanto tocar por la muerte de seres humanos, lloró la muerte de la Justicia. Por resignación de los maltratados, quizá nunca más ha vuelto a oírse aquel fúnebre sonido en la aldea de Florencia, mas la Justicia siguió y sigue muriendo todos los días. Ahora mismo, en este instante en que les hablo o en el que lean este escrito, lejos o aquí al lado, a la puerta de nuestra casa, alguien la está matando. Cada vez que muere, es como si al final nunca hubiese existido para aquellos que habían confiado en ella, para aquellos que esperaban de ella lo que todos tenemos derecho a esperar de la Justicia: justicia, simplemente justicia. No la que se envuelve en túnicas de teatro y nos confunde con flores de vana retórica judicial. No la que permitió que le vendasen los ojos y maleasen las pesas de la balanza; tampoco la de la espada que siempre corta más hacia un lado que hacia otro, sino una justicia pedestre, una justicia compañera cotidiana de los hombres, una justicia para la cual lo justo sería el sinónimo más exacto y riguroso de lo ético, una justicia que llegase a ser tan indispensable para la felicidad del espíritu como indispensable para la vida es el alimento del cuerpo. Una justicia ejercida por los tribunales, sin duda, siempre que a ellos los determinase la ley, mas también, y sobre todo, una justicia que fuese emanación espontánea de la propia sociedad en acción, una justicia en la que se manifestase, como ineludible imperativo moral, el respeto por el derecho a ser que asiste a cada ser humano.”
Con la anterior ilustración, es fácil entender que una Justicia imparcial, en vez de la ley del embudo, es lo que más necesitamos los colombianos para poder vivir en paz.
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correos electrónicos del autor edaloes1239@yahoo.es y edaloes1239@hotmail.com

viernes, 14 de septiembre de 2012

ESTE PAÍS, SI SIGUE ASÍ, JAMÁS PODRÁ IR POR EL CAMINO INDICADO


En colombia, los jueces dan sentencias injustas o totalmente equivocadas sin que, en forma directa, la anulación de fallos equivocados o injustos les genere a éstos problemas de ineptitud o de alguna otra naturaleza.

Hace poco, con el llenado de todas las instancias constitucionales fue aprobada una reforma de la justicia colombiana, por la cual desde mucho antes había una gran expectativa pública nacional y no cabía la menor duda de que el modelo de justicia colombiano necesitaba ser reformado pues, tal como aún está –vale aclarar que la reforma fue anulada-, genera muchos más problemas que los que soluciona y, en la práctica, casi no sirve para hacer justicia justa.
Con numerosos debates, la reforma a la justicia fue aprobada y anunciada con bombos y platillos pero, debido a las denuncias periodísticas acerca de los enormes y numerosos ‘micos’ que en ella colgaron sus ‘fabricantes’, de inmediato, sus mismos hacedores convinieron enterrarla, como entierro de pobre, y en pocos días en este país se olvidó este asunto y se dejó de hablar de la difunta Reforma de la Justicia.
Vale aclarar que, en Colombia, las trampas o abruptos que favorecen a quienes hacen las leyes son llamados ‘micos’, y que en este caso se trató de unos ‘orangutanes’, aplicados a la Reforma de la Justicia por el cartel que la hizo, que por ley es integrado por el Congreso, el Gobierno y las Altas Cortes de esta nación, y que luego del escándalo noticioso, aunque cada uno le echó la culpa a los demás, por medios periodísticos se comprobó que en el proceso de ‘fabricación’ de esa reforma, fueron pocos los funcionarios del combo legislativo que no estuvieron involucrados en la creación y en la ‘pegadura’ de esos ‘gorilas’.
Es un hecho que gran parte de la responsabilidad de la violencia que hay en Colombia recae en la justicia de esta nación. Comoquiera que este blog es leído en el mundo entero, para que en el exterior se hagan una idea de lo mal que funciona nuestra justicia, a continuación explico dos casos judiciales, que son sólo una esquirla si se comparan con la cantidad y magnitud de hechos que han ocurrido y están ocurriendo a diario en este país, pero que sirven para demostrar las falencias de nuestra justicia.  
Para ilustrar el primero de los dos casos anómalos, sirve explicar que hace poco tiempo, por conveniencia ciudadana y luego de un gran análisis a los trámites obligatorios, con facultades especiales dadas por el congreso, el gobierno nacional expidió la Ley Antitrámites 019 de 2.012, cuyo propósito es evitarles a los colombianos una infinidad de trámites engorrosos e inútiles y muchos que ya no tenían justificación.
En el artículo 25 de esta ley quedó establecido que los vehículos nuevos particulares debían realizar la primera Revisión Técnico Mecánica a los seis años de haber sido matriculados y no cada dos años como hasta entonces estaba reglamentado.
Pero, a principios de agosto de este año, el Juzgado 25 Civil Municipal de Bogotá falló una tutela a favor del ciudadano Luis Alejandro Motta, quien la interpuso con el argumento de exigir el derecho a la salud pública y a un ambiente sano y alegó que el Gobierno excedió las facultades extraordinarias que le dio el Congreso. Es poco lo que se sabe del autor de la tutela, ni tampoco se sabe de dónde carajos sacó el juez justificación para darle la razón al demandante, pero el actor logró su propósito y el efecto que produjo el fallo, al haberle dado el juez la razón al actor, tiene un enorme costo económico a favor de los monopolios que manejan el negocio de revisiones técnico mecánicos de vehículos, así como de las autoridades recaudadoras de multas por infracciones por falta de ese certificado.
Pocos días después, para subsanar la situación con los vehículos nuevos, la subdirectora nacional de Tránsito y Transporte, Ayda Lucy Ospina, le dijo a la prensa que se está coordinando una labor estratégica "para que todo el mundo vaya a hacer su revisión", es decir, que los monopolios ya dichos se están alistando para recibir el jugoso resultado del fallo de la tutela.
Es de aclarar que, en este país, para el rodamiento de los vehículos viejos es obligatorio ese certificado y que tanto el valor del Certificado Técnico Mecánico como el de las multas que se hacen por transitar sin ese documento, superan los 50 dólares. Y que, según el Comité Automotor Colombiano y la empresa consultora Ecometría S.A., en Colombia se venden más de 230.000 vehículos particulares nuevos por año, es decir más 900.000 vehículos en cuatro años, que es el tiempo exacto y número aproximado de vehículos que afecta el fallo aludido, y que si se multiplica los costos de esos certificados por ese número de vehículos, la cantidad de dinero que resulta como lucro para las empresas que expiden esos certificados es astronómica.
Según los especialistas en nuestra perversa y tramposa justicia, la tutela en este caso no era procedente porque violaba una ley de la república (019 de 2.012) y, según estos profesionales, el verdadero hecho fue que el juez 25 civil municipal de Bogotá violó la ley 019 en aras de favorecer los intereses de los negocios ya mencionados.
El gobierno asegura que impugnó esa sentencia, pero anular este fallo tomará más del tiempo que necesitan las entidades y empresarios ‘afortunados’ para hacer el negocio sucio buscado, y será enorme la cantidad de dinero que pasará por las cajas de las empresas favorecidas con este fallo, antes de que haya otra sentencia que anule la ya expedida por el juzgado 25. Y, luego de anularse este fallo perverso, sin importar los montos, los ciudadanos que hayan tenido que pagar por la ‘embarrada’ de este juez, no tendrán ninguna posibilidad de recuperar los pagos ilegales que por la ineptitud de la justicia se hayan visto obligados a cancelar. En la práctica, los ‘machetazos’ que nos pega la justicia casi nunca tienen remedio en este país.
Pero supongamos que algún día -que puede ser dentro de cuatro o más años-, por cualquier defecto en el proceso de esa tutela o por alguna ineptitud que le atribuyan al juez, los ‘honorables’ magistrados del tribunal correspondiente anulen la sentencia y las cosas vuelvan a quedar como estaban antes de este fallo machetero ¿Acaso este tumbe de sentencia no debería también afectar en forma automática al nefasto juez que la decretó y que con ello afectó injustamente a cualquier número de ciudadanos? Pues, en este país no ocurre así. Si alguien no demanda a este juez y le gana el pleito, que debe hacerse a donde otros colegas suyos de más alto nivel y que pueden ser más ‘jodidos’ que él, a este nefasto juez no le ocurrirá nada por obrar en forma injusta o equivocada.
Pese a las enormes consecuencias que pueden generar sus acciones, en la práctica, el gobierno de este país no le presta mayor atención a la moralidad de los administradores de justicia, cosa por la cual los fallos de los jueces pocas veces son justos, y sin importar el grado de injusticia que conlleven las sentencias judiciales, muchas veces para los pobres o indefensos, mas que todo por carencias económicas, los fallos resultan irreversibles. Además, muy pocas veces la Sala Jurisdiccionaria del Concejo Superior de la Judicatura, la rectoría de los jueces, tiene en cuenta las ineptitudes judiciales, ni mucho menos, sin denuncia, se sanciona a los jueces cuando cometen errores en sus sentencias.
Merece destacar que, en Colombia, las sentencias de las tutelas no producen efectos igualitarios. Por ejemplo, la sentencia de la tutela aludida cobija a todos los vehículos particulares de este país que tengan más de dos años de haber sido matriculados, pero si esa tutela la hubiera ganado una persona, de un grupo numeroso que en iguales condiciones sus integrantes tuvieran derecho a pensionarse, el fallo solo favorecería al demandante, y no serviría para obligar la pensión del resto de los integrantes del grupo. Además, los jueces de este país, cuando no les da la gana no ven las injusticias, como fue lo que ocurrió en el proceso del caso que es explicado más adelante.
Para ilustrar este otro caso, empiezo por señalar que el 25 de junio de 2.010 quedó al descubierto una enorme cadena de corrupción en los contratos de obras públicas en Bogotá, conocida ahora como el Carrusel de la Contratación, concretamente una serie de maniobras corruptas en la construcción de calles y el mejoramiento de vías en la capital de la república. El lío resultó ser tan grave que, entre otros, el entonces alcalde de Bogotá y un hermano suyo que era senador de la república están presos, acusados de haberse apropiado de varios miles de millones de pesos.
Pero, Bogotá es solo una de las tantas cabezas de la enorme y poderosa cadena de corrupción que está arruinando las finanzas públicas nacionales, que en muchos casos comete sus delitos con el apoyo de jueces y de agentes del Ministerio Público y, para empeorar las cosas, algunas veces llevándose comunidades enteras a la ruina, como lo está haciendo la Agencia Nacional de Infraestructura, antes conocida como INCO.
Es de aclarar que en los últimos años Colombia ha firmado tratados de libre comercio con varios países, entre estos con Estados Unidos, y no hay duda de que este país está bastante rezagado en dotación de puertos y carreteras que les permitan a los industriales colombianos competir en igualdad de condiciones con sus similares extranjeros. El gobierno, con el propósito de solucionar esas deficiencias, destinó al Instituto Nacional de Concesiones (INCO), que luego se convirtió en la actual Agencia Nacional de Infraestructura, para que contratara la construcción de las obras viales que se requieren para el desplazamiento rápido y seguro por toda la nación.
Pero, desde sus inicios, INCO ha sido una empresa poderosa, arrogante, injusta y plagada de corrupción. En sus proyectos de construir o ampliar carreteras, en todo el país está cometiendo toda clase de injusticias, y así como con la compra de terrenos enriquece más a unos cuantos hacendados a costas del erario público, construyendo vías arruina o perjudica a numerosas comunidades. En la ampliación o construcción de vías ha ocurrido de todo; las anomalías van desde ‘robos’ viales y compras de terrenos de fincas ganaderas a precios de predios urbanizados, hasta pagos irrisorios a propietarios de pequeños negocios o predios ubicados a las orillas de las carreteras que se están convirtiendo en vías de doble calzada.
Ya vimos que con violación de ley y todo, un juez de Bogotá falló una tutela a favor de un ciudadano, en la que la sentencia resultó favoreciendo a unos ricos empresarios. A continuación explico o transcribo los documentos de un caso con resultados judiciales invertidos a los del juez de Bogotá, pero que también favoreció a unos millonarios, siendo este un hecho que puede servir de ejemplo para darle a la opinión pública del exterior una idea de cómo es el manejo de la justicia colombiana; en este caso con uno de los tantos modos injustos como actúan nuestras leyes en alianza con una empresa estatal corrupta que ahora es conocida como Agencia Nacional de Infraestructura, es decir, la antigua INCO, una entidad pública que en las investigaciones de contratos de obras ha pasado de agache pero que también hace parte del carrusel de la contratación.
Empiezo por aclarar que en este caso están involucrados algunos directivos de la empresa contratista de la obra, algunos gestores de la empresa estatal que está construyendo la doble calzada entre Montería y Sincelejo y algunos hacendados, o sean, altos ejecutivos de Autopistas de la Sabana S.A.; del antiguo INCO (ahora Agencia Nacional de Infraestructura), y algunos dueños de grandes haciendas del área pleiteada.

En marzo de 2.009, INCO y Autopistas de la Sabana, en un área de un poco más de dos kilómetros, frente a la vereda El Retiro de los Indios, pusieron en servicio el primer tramo de la doble calzada de Córdoba a Sucre, y enseguida, en las comunidades vecinas surgieron varios problemas sumamente graves. La carretera antigua era la única vía que existía en ese sector, y todas las actividades del lugar habían sido planeadas y realizadas contando con el eficiente servicio que en ambas direcciones de circulación vehicular prestaba esa doble vía.
Y, poco después, el problema aumentó en área y tamaño, el cual surgió porque los constructores de la doble calzada, no obstante a que decidieron usar la antigua doble vía como una de las dos calzadas; desde el Retiro de los Indios hasta más allá de Cereté construyeron la segunda calzada lejos de la antigua doble vía, sobre unos potreros solitarios, y dejaron con una sola dirección de circulación vehicular un área poblada que tiene casi seis kilómetros de extensión.
De un día para otro, los más de 20.000 habitantes de ese sector se vieron obligados a tener que tomar dos buses y a pagar doble pasaje para ir a Cereté, una ciudad que a muchos lugareños del área afectada les queda a menos de cuatro kilómetros de distancia, inclusive, el barrio Villa Celina está a solo un kilómetro de esta ciudad y sus habitantes tienen que pagar doble pasaje para ir a Cereté. Y para ir de Montería a ese sector, que queda antes de Cereté, hay que tomar un bus hasta esta ciudad y luego tomar otro vehículo que vaya hacia Montería, ya que esta es la única ruta de llegada al área embotellada. Y a ese doble pago de pasajes hay que agregarle la pérdida de tiempo y las complicaciones que causa el tener que usar dos vehículos en cada trayecto.
Pero tener que pagar doble pasaje no son todos los problemas viales para los residentes del área embotellada, pues los efectos colaterales que produjo el ‘robo’ de una de las dos direcciones de circulación vehicular son numerosos y sumamente graves. Entre esos impedimentos está el hecho de que por las dificultades para conseguir transporte, los habitantes del sector no pueden estudiar de noche, ni en Montería ni en Cereté. Y vale señalar que, por culpa del cambio vial, el valor de las carreras de taxis se duplicó para ir a cualquier punto del área embotellada, y que por lo peligroso que es el retorno, de noche es casi imposible conseguir un taxista que haga una carrera a ese sector; y que por los costos y las complicaciones del transporte, los cultivos de frutas de los nativos dejaron de ser rentables y éstos están en la ruina; que por las dificultades para el transporte, los tradicionales negocios de bollo limpio van en camino a desaparecer; que debido al desempleo que surgió por el problema vial, los atracos, que antes eran cosa rara, ahora ocurren con frecuencia a cualquier hora del día; que las casas y los predios del área embotellada se desvalorizaron en casi la mitad de lo que valían antes del problema vial; en fin, problemas es lo que sobran en el sector embotellado por el cambio de circulación vehicular que le hicieron en ese sector a la antigua doble vía.
Y merece aclarar que el cambio de uso a la antigua doble vía se hizo sin ser socializado ni convenido con los habitantes del sector. Todos lo lugareños creían que la carretera nueva que estaban construyendo era para tráfico pesado. Y el ‘robo’ vial lo hicieron con gran apoyo policial, y fue iniciado el domingo antes de empezar la semana santa del año 2.009, lo cual sin duda fue planeado así para que se iniciara en una semana que, por tradición, hay pocas actividades en las oficinas y no hay clase en los colegios.
Pero antes de 15 días ya le habían puesto tutela a la empresa que cambió el doble uso de la carretera antigua. En la tutela se argumentó la violación al derecho de estudiar, ya que, al haber impedido los medios de transporte, se estaba violando el derecho al estudio. Pero fue fallada en contra del actor porque, según la sentencia, con el impedimento de transporte no se le estaba violando el derecho individual a ningún estudiante, sino un derecho público a la comunidad, y la tutela no es un medio jurídico para proteger derechos públicos o colectivos; y en el fallo se añadía que el sistema judicial colombiano contaba con otros mecanismos que protegían a los ciudadanos de la violación de derechos públicos o colectivos.
Ya vimos que, mediante una tutela, el ciudadano Luis Alejandro Motta logró probar que por no hacerse la Revisión Técnico Mecánica a los vehículos particulares que tuvieran entre seis y dos años de haber sido matriculados, se le estaba violando el derecho a un ambiente sano y a la vida. Pues hay que reconocer que es difícil demostrar el daño ambiental que estaba sufriendo el señor Motta por la causa argumentada pero, en la práctica, en el caso del sector embotellado sí era fácil demostrar que se les estaba violando el derecho individual a estudiar a muchos estudiantes universitarios, ya que, por el impedimento de transporte causado, no podían estudiar quienes estudiaban de noche en la Universidad de Córdoba.
En los efectos demandados en esta tutela se podía comprobar que a las 10.30 de la noche, cuando salían los universitarios, con facilidad podían tomar el bus que siempre los había llevado a sus casas pero, desde que le cambiaron el uso a la antigua doble vía, obligatoriamente los vehículos tienen que desviarse hacia Cereté, y allá los estudiantes se quedaban varados porque a esa hora no hay transporte hacia Montería, que es la única ruta de llegada al sector embotellado y que desde entonces ha sido una causa que les impide seguir sus estudios. Y esto sin contar el hecho de tener que pagar doble pasaje.
La Justicia colombiana tiene un enorme vicio de interpretación, y en los procesos cada abogado y cada juez ve o interpreta las cosas al modo que más le convenga o como le dé la gana. La Tutela y la Acción Popular podrían ser mecanismos eficaces para hacer justicia, si los jueces siguieran los procedimientos que fueron establecidos en la ejecución procesal de esas demandas. Constitucionalmente, cualquier persona puede hacer uso de la tutela y de la acción popular; y ambos mecanismos de defensa fueron hechos con formas de uso sencillas, para que puedan ser aplicados por la gente del común, es decir, por personas que no saben nada de leyes y que, acudiendo a estos mecanismos de justicia, el Estado se encarga de los detalles que se requieran para verificar los hechos demandados y hacer justicia. Pero, en este país, las leyes casi siempre se aplican a favor del que más recursos económicos le aporte al proceso, y muy pocas veces teniendo el propósito de hacer justicia.
Debido a que no funcionó la tutela antes referida, el primero de marzo de 2.010, un comerciante del sector embotellado mencionado interpuso una acción popular en contra de INCO, por estar esta empresa causando la ruina de una comunidad de más de 20.000 personas, al haber dejado embotellado un área poblada que va desde el Retiro de los Indios hasta más allá de Cereté. 
La demanda le correspondió al Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Montería, cuya titular es la doctora Gladys Josefina Arteaga Díaz. La jueza demoró 42 días para admitirla y después, en la práctica, esta  funcionaria no hizo otra cosa que favorecer a la entidad demandada. Primero mantuvo la demanda encajonada varios meses y luego,  argumentando falta de competencia, la envío al Tribunal Administrativo de Montería, de donde se la regresaron meses después con un oficio que decía que ella sí tenía competencia para este proceso. Poco después, la jueza dispuso realizar el Pacto de Cumplimiento, que es una forma de concilio entre las partes en pleito, pero en el evento de este pleito los representantes de la empresa demandada dijeron que ésta no estaba interesada en arreglar las cosas de esa manera y no hubo arreglo.
Con fecha 4 de abril de 2.011, el Despacho ordenó hacer las Pruebas Periciales pero, aunque en eso se pasaron más de cuatro meses, las diligencias que se hicieron fueron pocas y éstas estuvieron llenas de anomalías a favor de la entidad demandada, lo cual el actor expuso al Despacho en un escrito entregado al Juzgado el día 5 de agosto de 2.010. Textualmente el documento dice:
 “ Señora Jueza: Antes que todo conviene aclararle que cuando formulé esta demanda, las dos calzadas en el tramo demandado estaban funcionando cada una en su propio sentido, desde El Retiro de los Indios hasta más allá de Cereté, y que no obstante a que en la respuesta de la demanda ésta es considerada como “de mala fe y temeraria”, pocos días después de que la entidad demandada presentó esa respuesta, debido al caos vial para el turismo, la parte demandada se vio obligada a restablecer el tránsito vehicular en doble sentido, por la calzada de la antigua doble vía, desde el retorno que hay en Leticia hasta el CAI que está en la entrada de Cereté. Eso quiere decir que, aunque su Despacho no halló méritos para concederme lo solicitado como medida cautelar, por la presión del sector turístico, luego de que presenté esta demanda, la parte demandada se vio obligada a devolverle doble flujo vehicular a gran parte del tramo de la vía pleiteada, y que, con esa devolución, la materia objeto de esta Acción Popular quedó reducida casi a la mitad, pero sin disminuir la generación de daños y perjuicios en el área que continua afectada. Además, es de tener en cuenta que en todos los sectores afectados por la puesta en marcha de las dos calzadas, las distancias de recorrido vehicular no son iguales para entrar y para salir. Por ejemplo, para ir en vehículo de El Quemao a Cuba, hay que recorrer como 500 metros, pero para hacer en vehículo ese mismo recorrido en sentido contrario, debido a que la carretera directa es contravía, hay que dar la vuelta por el Retiro de los Indios y el tramo que hay que recorrer es de más de 5.500 metros.  Y, en ese sentido, el efecto es igual en todo el tramo que quedó embotellado al poner en función la nueva calzada.
En relación a las Pruebas Periciales que se realizaron, quiero hacer las siguientes observaciones:

             PRUEBA APORTADA POR LA POLICÍA DE CARRETERAS

En lo que tiene que ver con el croquis y la información que dio la policía de carreteras, quiero aclarar que el informe presentado por el capitán Juan Andrés Gómez Ramírez solo se refiere a las distancias que hay entre los lugares relacionados, con medidas tomadas por la antigua doble vía que, en ese tramo, ahora está funcionando como una calzada vial en sentido norte sur, pero en ese documento el oficial no menciona ninguna distancia de conexión con la otra calzada. Y es que, precisamente, el problema de embotellamiento en esta área se debe a que la otra calzada fue construida a mano derecha, yendo hacia Cereté, sobre unos potreros solitarios y escarpados, más o menos separada a un kilómetro de distancia de la antigua doble vía, y, debido a lo largo de la separación de las dos vías en ese trayecto, ni siquiera construyendo los conectores viales que la entidad demandada asegura haber construido se les puede solucionar el flagelo vial a las comunidades afectadas.
Y quiero señalar que, para el propósito requerido, no es clara la solicitud que le hizo el Juzgado a la policía de carreteras. Por ejemplo; no se le solicitó que explicara sí por la puesta en funcionamiento de la nueva calzada hay o no algún problema de embotellamiento en el sector demandado; y, en caso de haberlo, solicitarle que informara sí existe o no alguna vía que pueda ser utilizada para solucionar el problema vial que generó la puesta en marcha de esa calzada; tampoco se le pidió información acerca de la longitud y poblamiento del área embotellada, en caso de haberla; y se pasó por alto solicitar establecer, de una vez por todas, sí en el tramo afectado existen o no conectores entre las dos calzadas y en caso de haberlos que la policía de carreteras señalara a qué distancia están. Y tampoco se pidió información acerca de la distancia y condiciones del terreno que separa las dos calzadas, en el área afectada, datos estos que son indispensables de aclarar en el proceso probatorio, para así llenar las pruebas periciales solicitadas en la demanda.
Y quiero aclarar que el croquis enviado por la policía de carreteras no tiene signos de conversiones y que por lo tanto es difícil de entender; y que el capitán Gómez Ramírez, en el informe que adjuntó al croquis, no hace mención de la segunda calzada, cosa que tal vez se debió a que entre El Retiro de los Indios y Leticia no existe ninguna conexión vial entre las dos calzadas; y es que, como ya lo expliqué, en ese tramo las dos vías están separadas por un área de monte y potreros, y quizá por eso el oficial policial no incluyó ningún dato en ese sentido. Sin embargo, es indispensable aclarar esos detalles para que al Juzgado le pueda quedar claro el problema vial que sufren las comunidades aledañas a El Retiro de los Indios. Además, debido a que no existen conectores, debe incluirse el dato de la distancia que hay por cada una de las dos calzadas, entre la calle del cementerio de El Retiro de los Indios y el retorno de Leticia, lo cual servirá para poder tomar una idea de la vuelta que hay que dar desde cada sector del tramo afectado.
Si se hace la cuenta con los datos del oficial de la policía de carreteras, yendo por la carretera antigua la distancia entre el retorno de Leticia y la conexión con la calle del cementerio daría como 2.500 metros, pero, yendo por la calzada nueva, la distancia es superior en por lo menos un kilómetro, debido a que esa vía va retirada del casco urbano y tiene varias curvas. Y con los datos anteriores se puede resumir que los habitantes del sector afectado tienen que pagar doble servicio de transporte público y que en muchos casos, por ser vía contraria en un pequeño tramo, hay que dar una vuelta de recorrido extra de casi seis kilómetros, y, si a eso se le agrega la recurrencia permanente del problema y la pobreza de los lugareños, no debe quedar duda de que el hecho de haber convertido la antigua doble vía en una calzada, sin haber tenido en cuenta los efectos que causaría, es un acto antijurídico por ser un daño que surgió de un atropello de las autoridades viales a estas comunidades. Y, aunque es distinto verlo que vivirlo, el problema está a la vista, sí la señora Jueza quiere verificarlo sólo debe ir al lugar y darle un vistazo.
En cuanto a las pruebas que el Juzgado le solicitó al Ministerio de Transporte, esta diligencia hizo un trámite mañoso y terminó siendo respondida por el Instituto Nacional de Concesiones (INCO), que es la principal entidad involucrada en la demanda, y así esta entidad pasó de demandada a testigo pericial de sí misma. Por razones obvias solicito que en este proceso esas informaciones de INCO no sean válidas como pruebas periciales, ya que no puede ser ético que el demandado sea testigo pericial de sí mismo en un proceso.
En lo que tiene que ver con la fallida prueba pericial solicitada al alcalde de Cereté, lo primero que debe quedar claro es que él, como autoridad civil, fue cómplice del descalabro vial en el área afectada y es la persona más responsable del flagelo de tránsito que se vive en casi todo este municipio, y que por lo tanto carece  de ética para ser incluido como testigo pericial en esta demanda. El alcalde no respondió a lo solicitado por el Despacho, y comedidamente le solicito a la señora Jueza que en este proceso él no sea admitido como testigo pericial.
En resumen, aunque en esta diligencia se pasaron más de cuatro meses, debido a que en forma idónea no se han hecho las pruebas periciales solicitadas en la demanda; comedidamente solicito a su Despacho ordenar repetir la ejecución de esas pruebas, y que estas diligencias, para que puedan ser válidas y adecuadas, sean realizadas por personas o entidades neutrales en el proceso, e idóneas para realizarlas.”
A continuación transcribo, textualmente, las pruebas periciales que se solicitaron en la demanda de Acción Popular:
“PERICIALES: Debido a que la principal prueba pericial de este hecho es la verificación del problema, yendo al lugar de los hechos, le solicito al señor juez que verifique, personalmente o por medio de una comisión de peritos, la dificultad que supone ir en transporte público, desde Montería a cualquier casa que esté ubicada aledaña al sector entre la salida del Retiro de los Indios y la entrada de Cereté, y que también se verifique que los vecinos de esos lugares, para poder ir en transporte público a Cereté, tienen que pagar dos pasaje y dar la vuelta por El Retiro de los Indios. Además, solicito que se verifique y que se tenga en cuenta para el fallo de esta demanda que el daño lo está padeciendo una población numerosa, y que se trata de una área grande y poblada, que entre otros puntos incluye los sectores de El Quemao, Cuba, Calle Nueva, Leticia, gran parte de El Retiro de los Indios y la población que vive cercana al lugar donde hacen las fiestas de corraleja de Cereté. Y también solicito que sea verificado, que la gran mayoría de los afectados son una comunidad pobre, donde no hay empleo y su gente tiene que salir diariamente a trabajar, ya sea a Cereté o a Montería, y que, por su situación económica, a todos sus habitantes les es en extremo difícil soportar esta situación de doble gasto en transporte, dificultad para conseguirlo, y la pérdida de tiempo que con ello se genera. De igual manera, solicito que sea verificado que en el sector mencionado no existe vía que solucione el problema que surgió a raíz del cambio de uso de la carretera tradicional, lo cual era previsible por ser normalmente indispensable el trasporte en ambos sentidos; y, sí se iba a usar esta carretera en un solo sentido, para no causarle daño a la comunidad vecina, antes de construir la carretera nueva debieron tener en cuenta que no hubiera mucha distancia entre las dos vías, cosa que para nada tuvieron en cuenta los gestores del demandado. Y, por ser causa de un error del demandado, solicito que en la verificación no se tenga en cuenta el descuadre vial que le pueda generar a la nación la devolución del servicio de doble vía demandado, pues, sin mas ni mas, nuestra comunidad no tiene porqué pagar ese error. También solicito que se tenga en cuenta de que el simple hecho de agilizar el tráfico nacional en este tramo no puede ser justificación para arruinar a esta numerosa vecindad.”
Hay que reconocer que Colombia tiene uno de los sistemas judiciales más absurdos del mundo. Entre los tantos detalles judiciales mañosos, está el de que los poderes que se les da a los abogados; los autoriza para que a nombre del representado hagan lo que les dé la gana, sin que éstos tengan que consultar sus decisiones con el poderdante. Y en los juzgados todas las reclamaciones hay que hacerlas por escrito, pero, si no hay plata de por medio, todos los reclamos que se hagan se convierten en letra muerta.
Sigo contando la evolución del proceso de Acción Popular contra INCO.
Luego de realizarse las pruebas periciales, que en la práctica quien las hizo fue la entidad demandada y que para poder realizarlas contó con la total complicidad de la jueza, siguieron las testimoniales que dieron dos nativos y residentes del lugar afectado. La señora Lesvi, declaró que con el cambio de uso de la vía se incrementaron los pasajes; que es peligroso el recorrido entre el retorno y la casa de ella y que muchas veces, al regresar de noche de Montería hacia su casa, por falta de transporte al llegar a Cereté, le ha tocado quedarse hasta el día siguiente en esa ciudad. Y el señor  Elvi, el otro testigo, dijo que su casa está a cincuenta metros de la antigua doble vía y que le había tocado dejar el negocio de venta de frutas y verduras que llevaba a Montería porque, cuando regresaba de esa ciudad, tenía que bajarse con sus cajas vacías en las que llevaba las frutas, en el cementerio del Retiro, y que le tocaba cargarlas a pie como dos kilómetros que hay desde donde lo dejaba el bus hasta su casa, que, aclaró, está a solo cincuenta metros de la antigua doble vía y que antes del embotellamiento no tenía ese problema.
Luego de las diligencias explicadas, el proceso pasó al Despacho, para fallo según las informaciones que daban en el Juzgado. Allí duró seis semanas y con fecha 27 de septiembre de 2.011, o sea luego de retenerlo por más de un año y medio, la jueza lo trasladó, de su Despacho al Juzgado Segundo Administrativo de Descongestión, un juzgado que solo tenía 5 días de haber empezado a funcionar.
En toda su actuación en esta demanda, la única diligencia que hizo en forma rápida la jueza Gladys Arteaga fue el envío del proceso al Juzgado Segundo de Descongestión, pero es obvio que lo hizo para no asumir la responsabilidad de fallar, a la vez que para favorecer a la entidad demandada pues, además del agotamiento que produciría la demora, ya se habían hecho las pruebas mañosas y el caso estaba listo para fallo.
Y nunca se hizo la prueba para verificar y documentar la existencia real del problema, pues no obstante a que el actor solicitó hacerla, tanto en la demanda como con varios oficios que entregó en los despachos de ambos juzgados, ninguna de las dos juezas ordenó hacer esa diligencia. Pero, para hacer justicia justa, la verdad es que esa prueba ni siquiera hubiera sido necesaria pues ese problema está en la vía hacia Cartagena y Cobeñas, que es la vía más transitada por los cordobeses, y por lo tanto lo ha visto y lo conoce casi toda la población de Montería. Y es obvio que, viniendo hacia Montería, ambas juezas algún día han tenido que pasar por el área embotellada y han visto personalmente la magnitud del problema.
La jueza Segunda, por supuestas fallas del Juzgado Tercero, invalidó parte de lo hecho en el proceso por la Jueza Tercera y ordenó repetir las pruebas periciales, pero, en la práctica, las pruebas que supuestamente se hicieron de nuevo resultaron ser las mismas pruebas mañosas que ya había hecho la entidad demandada.
El Juzgado Segundo Administrativo de Descongestión desoyó todas las solicitudes que el actor le hizo por escrito, y luego de casi dos años y medio de haberse iniciado este proceso, con fecha 22 de agosto, la Jueza Segunda de Descongestión falló la demanda en contra del actor. En la sentencia, la Jueza dice que los dos kilómetros que hay entre la calzada nueva y las casas de los dos testigos “son solo unos pocos metros”, y que el negocio del actor es el único perjudicado por el embotellamiento vial explicado en la demanda; que por lo tanto el daño demandado sólo afecta los intereses personales del actor y que la Acción Popular no es el medio indicado para hacer reclamos por daños personales individuales.
Habiendo explicado el problema tal como lo es, cosa que aún existe y que en cualquier momento se puede verificar: ¿Será cierto que por el cambio de uso de esa antigua doble vía, el resto de la comunidad embotellada no está perjudicada al tener que pagar doble pasaje urbano y perder tiempo todos los días? Y si la Acción Popular no sirve para proteger los derechos colectivos violados a más de 20.000 ciudadanos indefensos, entonces ¿Para qué sirve la Acción Popular? El actor es enfático en asegurar que ambas juezas obraron parcializadas a favor de la entidad demandada, y que con la forma que ellas administraron la justicia “no me dieron la oportunidad de probar que la entidad demandada,  abusivamente está cometiendo un perjuicio que a diario arruina a más de 20.000 personas y, en cambio, las dos juezas facilitaron las cosas para que, en el proceso, la parte demandada pudiera demostrar que no existe de un perjuicio continuo que en la práctica es imposible negar.”
Pero, ¿por qué esta nefasta jueza falló en contra del actor, que en la demanda y durante todo el proceso reclamaba por la violación de los derechos colectivos de más de 20.000 colombianos y no por perjuicios personales suyos? Y ¿Qué hay oculto detrás de las maniobras de estas dos juezas?
Pues me puse la tarea de investigar a fondo el asunto y el resultado fue el siguiente: Lo más probable es que este abuso gubernamental y el problema vial habido, surgieron de un acuerdo sucio entre hacendados vecinos del área embotellada y directivos de la construcción de la doble calzada de Córdoba a Sucre, el cual produjo un arreglo en el que se convino la venta de potreros ganaderos a precios de predios urbanizados y, de ser así, dio como resultado que los gestores del acuerdo se apoderaran de una enorme cantidad de recursos del Estado.
Pero vale aclarar que el negocio de los potreros a precios elevados pudo hacerse sin necesidad de embotellar y perjudicar a las comunidades, pues, sin afectar esas ventas, la calzada nueva la hubieron podido construir en los linderos urbanos y pegada a la antigua doble vía, ya que las haciendas por las que la desviaron pegan a los sectores poblados de las comunidades afectadas y, en los lugares despoblados, también pegan con la antigua doble vía. Según lo que dicen, y que es lo que se puede ver a simple vista, la razón para que la calzada nueva fuera construida alejada de la antigua doble vía, se debió al propósito de crear la necesidad de aumentar la cantidad de terrenos para construir los conectores, ya que, al aumentar la distancia entre las dos calzadas, aumenta la cantidad de metros de tierra que tendrá que comprar el Estado para construir dichas uniones viales.
Pero lo más perverso de este negocio es que, por la distancia que quedó entre las dos calzadas, los conectores que se construyan resultarán siendo casi inútiles para las comunidades embotelladas y, mientras los ricos hacendados multiplicarán sus riquezas vendiéndole largas fajas de potrero al Estado, los habitantes y comerciantes pobres del sector perjudicado cada día tendrán que sufrir las consecuencias del ‘robo’ vial que les hicieron, a la vez que cada día estarán más arruinados por causa del embotellamiento en el que están sometidos.
La vigente ley 1228 de 2.008 que regula el ancho de las carreteras nacionales establece las siguientes medidas:
1. Carreteras de primer orden sesenta (60) metros.
2. Carreteras de segundo orden cuarenta y cinco (45) metros.
3. Carreteras de tercer orden treinta (30) metros.
PARÁGRAFO: El metraje determinado en este artículo se tomará a la mitad de cada lado del eje de la vía. En vías de doble calzada de cualquier categoría la zona de exclusión se extenderá mínimo veinte (20) metros a lado y lado de la vía que se medirán a partir del eje de cada calzada exterior.
La extensión del área embotellada es de alrededor de siete kilómetros. Si nos atenemos a las medidas de ancho arriba señaladas y si es cierto, como se dice, que esos potreros ganaderos fueron vendidos a precios de predios urbanizados, pues no hay duda de que detrás de este embotellamiento vial hubo un apoderamiento de una enorme cantidad de dinero que afectó al Estado colombiano. Y, en la práctica, el alejamiento de las dos calzadas no tiene otra explicación que la que ya se hizo, es decir, que la causa del asunto tiene que ver con el aumento del costo de los conectores.
En cuanto a la razón por la que no se hace justicia a favor de la comunidad afectada por el cambio vial, todo apunta a que la mafia del Carrusel de las Contrataciones, mediante sobornos o presiones de varias naturalezas, tiene sometidas o acalladas; tanto a las autoridades como a las entidades y las personas claves para que la gallina de los huevos de oro, es decir, el Estado colombiano, le siga aportando al corrupto carrusel sus muy beneficiosos ‘huevitos’ de dinero.
En la próxima Entrada de este blog haré una explicación de la imposibilidad crónica que tienen los jueces y los magistrados de este país, para hacer justicia.

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